Rectificación en la Junta: el cambio de puestos no amplía la plantilla
Una corrección en el boletín oficial aclara que la modificación de puestos de trabajo en la Consejería de Servicios Sociales no implica ampliar el personal.
Un error administrativo suele traer cola, pero en este caso la rectificación es un giro de ciento ochenta grados sobre el papel. La Junta de Andalucía ha publicado una corrección relativa a una orden del pasado 17 de septiembre que afectaba a la plantilla de la Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad.
Datos clave
- Qué cambia
- La modificación no amplía la plantilla
- Consejería afectada
- Servicios Sociales, Familias e Igualdad
- Referencia legal
- Artículo 26 de la Ley 8/2025
El texto original publicado en el boletín del 22 de septiembre aseguraba que la modificación de puestos de trabajo implicaba la ampliación de la plantilla presupuestaria con un nuevo puesto dotado. Esa frase ya no existe.
La corrección ahora aclara que el cambio en la relación de puestos no supone en absoluto tal ampliación de plantilla. Se trataba, según se deduce de la rectificación oficial, de una redacción que inducía a pensar en un aumento de efectivos que realmente no se está produciendo.
Este ajuste técnico se apoya en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley de Presupuestos de Andalucía para 2026. Es una nota necesaria para evitar confusiones en los registros oficiales de personal.
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