Gobierno Vasco: Economía, Trabajo y Empleo·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Nuevo convenio colectivo en Tele Apostuak hasta 2030

La plantilla de Tele Apostuak en Gipuzkoa tiene un nuevo convenio hasta 2030. El texto regula la reducción progresiva de la jornada anual y los nuevos pluses salariales vinculados al IPC y la productividad.

El convenio colectivo que regula las condiciones laborales en Tele Apostuak Promotora de Juegos y Apuestas, conocida como TAP, se ha renovado para el periodo 2027-2030. Este acuerdo, suscrito el 23 de julio de 2026 entre la empresa y la representación de los trabajadores, establece un nuevo marco de relaciones laborales que sustituye en su integridad al anterior.

Datos clave

Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2030
Jornada anual
De 1.712 horas en 2027 a 1.700 en 2030
Incremento salarial
IPC más diferencial, máximo 4,5%
Plus nocturnidad
35% del salario base por hora
Kilometraje
0,38 € (2027-2028) y 0,40 € (2030)

Los cambios afectan directamente a la jornada anual, que se reduce de forma progresiva. Si en 2027 se fijan 1.712 horas efectivas, el calendario marca un descenso anual hasta alcanzar las 1.700 horas en 2030. Estos tiempos incluyen los 20 minutos de descanso para el personal a turnos o jornada continuada como tiempo efectivo de trabajo.

Las condiciones económicas también han sido revisadas. Se garantizan incrementos salariales vinculados al IPC más un diferencial, con un tope máximo del 4,5 por ciento para todas las franjas salariales. Este aumento, sin embargo, está condicionado a la rentabilidad de la empresa, ya que solo se aplicará si el ejercicio anterior cerró con beneficios superiores a los 5 millones de euros antes de impuestos.

El texto incorpora detalles específicos sobre los pluses y complementos. Por ejemplo, el kilometraje se ajusta desde los 0,38 euros por kilómetro en 2027 y 2028 hasta los 0,40 euros en 2030. En cuanto al plus de nocturnidad, se fija en un 35 por ciento del salario base por hora trabajada, entendiendo como turno nocturno el tramo entre las 22:00 y las 06:00 horas.

La conciliación y la gestión de permisos también reciben un tratamiento detallado. Se mantienen los 20 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho y se regula el acompañamiento médico con un permiso retribuido de 20 horas anuales para consultas en la Seguridad Social. En caso de familias monoparentales, este tiempo se amplía en 8 horas adicionales.

El acuerdo introduce cláusulas frente a situaciones de incapacidad temporal. La empresa complementará hasta el 100 por ciento de la base reguladora desde el primer día en caso de accidente laboral o enfermedad profesional. Para contingencias comunes, el complemento se escala: del 70 por ciento entre el cuarto y vigésimo primer día, hasta llegar al 95 por ciento a partir del día 60.

La seguridad y salud laboral tienen su espacio mediante la obligatoriedad de usar los equipos de protección individual definidos por el comité. Además, se prohíbe explícitamente la subcontratación mediante empresas de trabajo temporal para cubrir puestos estructurales o recurrentes, protegiendo así el empleo directo en la compañía.

El convenio cuenta con una comisión paritaria para su vigilancia y resolución de conflictos. En caso de que esta vía no logre un acuerdo, las partes se comprometen a acudir al Preco como paso previo a cualquier otra actuación. El documento mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, momento en el que se iniciarán las negociaciones para un nuevo acuerdo.

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