Control financiero permanente para las ayudas de la Sierra Oeste
La Comunidad de Madrid activa una fiscalización continua sobre todas las ayudas destinadas a paliar los daños de los incendios de julio en la Sierra Oeste.
Los incendios forestales que azotaron la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid el pasado mes de julio han dejado tras de sí una estela de necesidades urgentes y un despliegue administrativo para asegurar que cada euro de ayuda llegue a su destino. La Intervención General ha dictado instrucciones para establecer un sistema de control financiero permanente sobre toda la gestión económica de estas ayudas, sustituyendo la fiscalización previa tradicional por una supervisión continua.
Datos clave
- Ámbito
- Ayudas por incendios en la Sierra Oeste
- Tipo de control
- Control financiero permanente
- En vigor
- Desde el 8 de septiembre de 2026
- Responsable
- Intervención General de la Comunidad
El objetivo es claro: garantizar que la tramitación, concesión, pago y justificación de estas subvenciones se ajusten a la ley y a los principios de buena gestión financiera. Esta modalidad de control permite a los auditores públicos auditar expedientes sobre la marcha, combinando el análisis de riesgos con comprobaciones específicas en función de la cuantía, la singularidad o la especial trascendencia de cada actuación.
La Intervención General de la Comunidad de Madrid, dirigida por Francisco Javier Carmena Lozano, coordinará estas labores desde su Subdirección General de Control Financiero. Los órganos gestores de las ayudas tienen ahora el deber de facilitar todos los datos, informes y accesos a las aplicaciones informáticas que sean necesarios para este seguimiento, so pena de que cualquier falta de colaboración se haga constar en los informes definitivos.
Los auditores no solo comprobarán papeles. También podrán realizar verificaciones físicas de las actividades o inversiones financiadas y revisar los sistemas informáticos que soportan la gestión de las ayudas. Las deficiencias o errores que se detecten serán objeto de un seguimiento estricto para asegurar que las medidas correctoras se apliquen sin demora.
Este régimen de control financiero permanente tiene carácter reversible. Si la Intervención General detecta riesgos significativos o si la evolución de la gestión lo aconseja, podrá ordenar el regreso a la función interventora de forma motivada. Por el contrario, si el grado de ejecución ya no justifica una vigilancia tan estrecha, la modalidad de control podrá darse por finalizada.
Es importante señalar que esta resolución no borra lo anterior. Todas las actuaciones realizadas bajo la función interventora antes del 8 de septiembre de 2026 mantienen su plena validez jurídica. A partir de esa fecha, el nuevo sistema se aplica a toda la gestión económica derivada de las ayudas por los incendios de la Sierra Oeste.
La transparencia es la máxima.
La fiscalización es ahora continua.
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