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Ayuntamiento de Valverde de Júcar·Boletín Bien de la Provincia de Cuenca,

Valverde de Júcar cambia el IBI: bonificaciones por empleo y familia

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El Ayuntamiento de Valverde de Júcar modifica su ordenanza del IBI para incentivar el empleo local y apoyar a las familias numerosas a partir del próximo ejercicio.

Si tienes una empresa en Valverde de Júcar o eres familia numerosa, el recibo del IBI del próximo año puede bajar. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la modificación de su ordenanza fiscal, introduciendo bonificaciones que premian tanto el empleo local como la vivienda habitual de las familias con más hijos.

Datos clave

Inicio en vigor
1 de enero de 2027
Bonificación empleo
15 % (1-10 trabajadores) o 30 % (11+)
Bonificación familia
40 % a 60 % según número de hijos
Plazo solicitud
Antes del 15 de enero (empresas) o enero (familias)

La medida nace con el objetivo de combatir la despoblación. Durante el pleno del 17 de septiembre, que contó con el voto favorable del Grupo Socialista y el rechazo del Grupo Popular, se debatió sobre la conveniencia de bonificar colectivos específicos frente a una reducción general que, según el alcalde Eduardo Mena, las arcas municipales no pueden asumir.

Para las empresas, la bonificación sobre la cuota íntegra depende de la plantilla contratada. Si cuentas con entre 1 y 10 trabajadores, el ahorro es del 15 por ciento. Si la cifra sube a 11 o más empleados, el porcentaje alcanza el 30 por ciento. La norma exige que estos trabajadores hayan estado contratados durante todo el año anterior y con una jornada igual o superior al 50 por ciento de la habitual.

Existe además un incentivo extra para negocios de nueva creación. En estos casos, el porcentaje se incrementa de forma decreciente durante los primeros cinco años de actividad, empezando con 50 puntos porcentuales adicionales el primer año y bajando 10 puntos en cada ejercicio posterior.

Las familias numerosas también tienen su hueco en esta modificación. El descuento en su vivienda habitual es del 40 por ciento para familias con tres hijos o menos, del 50 por ciento para las de cuatro hijos y del 60 por ciento para aquellas con cinco o más. Estas ayudas son incompatibles entre sí, por lo que una empresa no puede acumular bonificaciones de distinto tipo.

La gestión es anual y siempre bajo petición. Nada es automático. Para las empresas, la solicitud debe presentarse en el registro general antes del 15 de enero del año al que se quiera aplicar la bonificación. Las familias tienen algo más de margen, ya que el plazo para pedir el descuento es durante todo el primer mes del año natural.

Requisito indispensable para todos: estar al corriente de pago de todas las deudas, tanto públicas como privadas, contraídas con el municipio. La ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2027, momento en el que el impuesto empezará a liquidarse con estos nuevos criterios.

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