La VPO de S. J. G. en Montornès no se descalifica tras 30 años
S. J. G. intentó cancelar la carga de protección oficial de su vivienda al cumplir los 30 años de antigüedad, pero la Generalitat ha confirmado que el estatus se mantiene vigente por estar en zona de mercado tensionado.
S. J. G. intentó borrar el rastro de la protección oficial de su casa en Montornès del Vallès, pero el Registro de la Propiedad ha dicho que no. El propietario solicitó el 27 de abril de 2026 la cancelación por caducidad de una nota marginal que pesaba sobre su vivienda unifamiliar desde 1996. Argumentaba que, tras 30 años, el régimen de protección había finalizado el 20 de marzo de 2026. Sin embargo, la resolución oficial confirma que la carga sigue viva.
Datos clave
- Resolución
- Recurso desestimado
- Motivo
- Vivienda en zona de mercado tensionado
- Plazo judicial
- 2 meses para demanda
- Normativa
- Ley 11/2025 de 29 de diciembre
La clave de este bloqueo administrativo es la ubicación del inmueble. Al estar situado en Montornès del Vallès, un municipio declarado zona de mercado residencial tensionado, la normativa autonómica ha prorrogado automáticamente la vigencia de la calificación de protección oficial. Esta medida, impulsada por la Ley 11/2025, de 29 de diciembre, vincula la duración de la protección a la propia declaración de zona tensionada.
El recurrente se quejó de una aplicación retroactiva y restrictiva de derechos, apoyándose en una nota informativa que la Agencia de la Vivienda de Cataluña le entregó el 30 de diciembre de 2025. En ese documento, la propia administración le confirmaba un plazo de 30 años. La Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Gestión Adecuada de Conflictos ha zanjado la cuestión: aquella nota no tiene validez frente a la ley vigente desde el 1 de enero de 2026.
El organismo insiste en que las circunstancias legales han cambiado. Mientras Montornès del Vallès siga en el listado de municipios con riesgo de oferta insuficiente, la protección sobre las viviendas calificadas como VPO no decaerá de forma automática. La administración autonómica es la única que, por razones de interés público, podría autorizar la descalificación.
La decisión es firme. El recurso gubernativo ha sido desestimado y la nota marginal permanecerá en el registro. Para quienes tengan situaciones similares en zonas tensionadas, este caso marca un precedente claro sobre la primacía de la nueva normativa frente a los plazos previstos en la calificación original de hace tres décadas.
La vía judicial sigue abierta. S. J. G. tiene ahora dos meses para acudir al Tribunal de Instancia de Barcelona.
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