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El Colegio de Economistas de Cataluña estrena nuevos estatutos

La Generalitat ha inscrito la reforma estatutaria aprobada por la Asamblea de economistas el pasado marzo. Los cambios afectan a las condiciones de acceso, la gobernanza y los motivos de baja del colectivo.

Los economistas de Cataluña tienen desde esta semana nuevas reglas de juego interno. La Generalitat ha validado la reforma de los estatutos del Colegio de Economistas de Cataluña tras la Asamblea General Extraordinaria celebrada el pasado 25 de marzo.

Datos clave

Fecha de reforma
25 de marzo de 2026
Artículos modificados
4, 13, 16, 28, 30, 31, 32, 36, 39, 46, 48 y 56
Defensor
25 años de ejercicio profesional
Baja forzosa
Deuda acumulada de una cuota anual

El cambio afecta a doce artículos concretos, que van desde los requisitos de acceso y las causas de baja hasta la estructura de gobierno del ente. Se trata de una actualización necesaria para adaptar la normativa colegial a la legislación vigente sobre profesiones tituladas y servicios en el mercado interior.

La reforma toca puntos clave como el derecho de acceso, donde se especifican los títulos del Espacio Europeo de Educación Superior requeridos, y los motivos por los que un colegiado pierde su condición, incluyendo el impago reiterado de cuotas. En este caso, el estatuto aclara ahora que se considera incumplimiento reiterado cuando la deuda acumulada equivale a la cuota anual, abriendo un plazo de un mes para subsanar el error antes de la baja.

La figura del defensor del colegiado también recibe una actualización en sus requisitos. Para ocupar este cargo, que sigue siendo no retribuido, se exige ahora un prestigio reconocido y más de 25 años de ejercicio profesional.

La estructura de la Junta de Gobierno también se define con mayor rigor. El mandato de sus miembros se mantiene en cuatro años, con un límite de reelección de hasta 12 años consecutivos para cargos generales, salvo el decanato, que solo permite una reelección consecutiva.

Las comisiones de trabajo y los recursos ordinarios del Colegio, incluyendo los ingresos por tasas colegiales o dictámenes, también ven actualizados sus estatutos en este paquete normativo inscrito ya en el Registro de colegios profesionales. El texto completo con los artículos modificados está ya en vigor.

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