Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Can Ribot de Fitor entra en el catálogo de masías de Calonge

La Comisión Territorial de Urbanismo de Girona aprueba la inclusión de Can Ribot de Fitor en el inventario de masías y casas rurales. El trámite abre la puerta a su futura rehabilitación.

El catálogo de masías de Calonge i Sant Antoni crece un poco más. La Comisión Territorial de Urbanismo de Girona ha dado luz verde a la inclusión de Can Ribot de Fitor en el inventario oficial de casas rurales situadas en suelo no urbanizable.

Datos clave

Qué se aprueba
Inclusión de Can Ribot en el catálogo
Ubicación
Calonge i Sant Antoni
Recurso
2 meses ante el TSJC
Consulta
Registro de planeamiento de Cataluña

Este trámite permite ahora avanzar en los planes de rehabilitación del inmueble, un paso necesario para que este tipo de construcciones rurales mantengan su carácter y uso dentro del paisaje protegido. La decisión, adoptada en la sesión del 22 de julio de 2026, culmina la propuesta que el Ayuntamiento había enviado a las autoridades territoriales.

La aprobación definitiva está condicionada a que cualquier obra de reforma respete escrupulosamente los requerimientos del decreto autonómico que regula las urbanizaciones sin continuidad con la trama urbana. El objetivo es asegurar que la intervención en Can Ribot sea respetuosa con el entorno y la normativa vigente.

Si necesitas revisar los detalles técnicos o los planos de esta modificación del plan de ordenación urbana municipal, el expediente ya figura en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña. Puedes consultarlo de forma digital o acudir a los servicios territoriales de Urbanismo de lunes a viernes, entre las 09:00 y las 14:00 horas.

La burocracia ya ha dado su visto bueno. Ahora empieza el trabajo sobre el terreno.

Contra este acuerdo administrativo, quien considere que el procedimiento no ha sido el adecuado puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El plazo es de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación oficial.

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