La Mancomunidad del Órbigo actualiza sus Estatutos tras 34 años
Los seis municipios que componen la entidad han renovado su normativa interna, estancada desde 1992, para adaptar sus competencias a la ley actual y garantizar la gestión del agua y la basura.
Los vecinos de los municipios integrados en la Mancomunidad del Órbigo tienen, desde esta semana, unas reglas de juego actualizadas para los servicios que comparten. La Junta de Castilla y León ha dado el visto bueno definitivo a la modificación de sus Estatutos, un texto que no se tocaba desde el año 1992 y que pedía a gritos adaptarse a la realidad administrativa actual.
Datos clave
- Municipios
- Benavides, Hospital de Órbigo, Santa Marina del Rey, Turcia, Villarejo de Órbigo y Villare
- Fines
- Recogida de residuos y abastecimiento de agua potable
- Sede
- Casa Consistorial de Turcia
La principal novedad radica en la simplificación de sus fines. La Mancomunidad se centrará a partir de ahora, de forma explícita y exclusiva, en dos servicios esenciales: la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos y el abastecimiento de agua potable a domicilio. Es un paso necesario para cumplir con la normativa que exige que estas entidades no se dispersen en competencias ajenas a su razón de ser.
El documento clarifica el funcionamiento interno de la entidad, que mantiene su sede en la Casa Consistorial de Turcia, aunque permite la existencia de oficinas administrativas en el resto de los ayuntamientos integrantes. Esta estructura abarca a seis localidades: Benavides, Hospital de Órbigo, Santa Marina del Rey, Turcia, Villarejo de Órbigo y Villares de Órbigo.
La modificación también detalla cómo se tomarán las decisiones a partir de ahora. La Asamblea de Concejales, que sigue siendo el máximo órgano, deberá celebrar sesiones ordinarias al menos una vez al trimestre. Además, se han pulido los procedimientos para que un nuevo municipio se adhiera o para que alguno de los actuales decida separarse, siempre bajo el amparo de la Ley de Régimen Local de Castilla y León.
En cuanto a los medios personales, el texto prevé que las funciones de secretaría, intervención y tesorería se cubran mediante las fórmulas legales habituales, sin cerrar la puerta a encomiendas de gestión con los ayuntamientos miembros cuando la Mancomunidad no disponga de recursos propios suficientes.
El órgano de gobierno tiene ahora un marco jurídico más robusto para gestionar el patrimonio y el presupuesto anual. Cada ayuntamiento seguirá aportando fondos en función de su población de derecho y el uso efectivo que hagan de los servicios, consolidando estos pagos como obligaciones preferentes.
La normativa incluye una disposición adicional que protege la gestión ordinaria durante los periodos electorales. Cuando finalice el mandato de los concejales, los miembros de la Asamblea seguirán en funciones únicamente para tareas administrativas básicas, evitando así cualquier vacío de poder hasta que tomen posesión los nuevos representantes.
Las nuevas reglas entran en vigor tras su publicación en el boletín autonómico. El texto completo de los Estatutos queda disponible para consulta en el mismo, cerrando así un largo proceso de adaptación que garantiza la estabilidad jurídica de la entidad de cara a los próximos años.
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