Ayuntamiento de Nigüella·Boletín Bien de la Provincia de Zaragoza,

Nigüella estrena nueva ordenanza fiscal para obras y reformas

El Ayuntamiento de Nigüella actualiza los tributos para construcciones y reformas. Te detallamos cómo queda el tipo impositivo y qué obras pueden optar a una bonificación de hasta el 50 por ciento.

Si vas a realizar alguna obra en tu propiedad en Nigüella, debes saber que el Ayuntamiento ha renovado las reglas del juego. El Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza acaba de publicar el texto íntegro de la nueva ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Es el fin de la norma que estaba vigente desde agosto de 2022.

Datos clave

Tipo de gravamen
4 % sobre el coste de ejecución material
Bonificación
Hasta el 50 % en casos de especial interés
Comunicación final
1 mes tras terminar la obra
Exenciones
Estado, comunidades, entidades locales e Iglesia

El gravamen se mantiene en el 4 por ciento. Este porcentaje se aplica sobre el coste real y efectivo de la ejecución material de la obra, una cifra que, según recalca la norma, no incluye ni el IVA, ni los honorarios de profesionales, ni el beneficio empresarial del contratista.

La ordenanza incluye bonificaciones que puedes solicitar si te encuentras en ciertos supuestos. Las obras declaradas de especial interés o utilidad municipal por razones sociales, culturales o de fomento del empleo pueden rebajarse hasta un 50 por ciento. El Pleno decidirá sobre estas peticiones.

Existe un beneficio automático del 50 por ciento para la obra nueva o rehabilitación de vivienda en el casco urbano. También se benefician de esta reducción las obras que mejoren la accesibilidad para personas con discapacidad y las construcciones destinadas a la actividad agrícola o ganadera.

Recuerda pedir la bonificación desde el mismo inicio de la obra. Si no lo haces al arrancar, pierdes la opción. La concesión de este beneficio fiscal no implica que la obra sea legal de por sí, por lo que sigue siendo necesario cumplir con todas las normativas urbanísticas vigentes.

El impuesto se devenga en el momento en que empiezas a mover tierra o a ejecutar cualquier acto material de la obra, incluso si todavía no tienes la licencia en la mano. Para las obras que requieren declaración responsable, el sistema funciona mediante autoliquidación.

Una vez terminados los trabajos, tienes un mes de plazo para comunicar el final al Ayuntamiento. Tendrás que presentar la documentación que acredite el coste real final. Con esos datos, el Consistorio emitirá la liquidación definitiva, lo que puede suponer que te devuelvan dinero o que debas abonar la diferencia.

La normativa ya es efectiva. La alcaldesa, Verónica Andrés, dio el visto bueno al texto el pasado 14 de octubre, y su publicación oficial marca el punto de partida para cualquier proyecto constructivo que se inicie a partir de ahora en el municipio.

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