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Promoción interna en el Palau de la Música: bases para el personal

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El organismo autónomo de València publica las reglas que regirán los procesos selectivos para su plantilla fija. Tienes dos meses para recurrir si no estás conforme.

El personal laboral fijo del Palau de la Música de València tiene desde esta semana un nuevo marco normativo para ascender dentro de la casa. El organismo autónomo ha oficializado las bases generales que regularán sus futuros procesos de promoción interna, una decisión que busca ordenar los saltos de categoría tanto en vertical como en horizontal.

Datos clave

Plazo recurso
2 meses
Puntuación oposición
Máximo 60 puntos
Puntuación concurso
Máximo 40 puntos
Antigüedad mínima
2 años

La norma establece que los aspirantes deberán acreditar al menos dos años de servicio activo en su subgrupo o grupo de clasificación actual. Los procesos se dividirán en dos fases: una prueba de oposición eliminatoria, que consistirá en un supuesto práctico relacionado con las funciones propias de la plaza, y una fase de concurso donde se valorará la antigüedad, la formación y el conocimiento de idiomas.

El peso de la oposición es determinante, con hasta 60 puntos sobre un total de 100. El examen, cuya duración no superará las dos horas y media, requiere obtener una nota mínima de 30 puntos para poder continuar en el proceso. La parte del concurso, por su parte, premia con 0,15 puntos cada mes de servicios prestados en el Palau y con 0,05 puntos por cada mes trabajado en otras administraciones.

Los méritos académicos y los idiomas también suman puntos. El valenciano, por ejemplo, se puntúa con hasta 2 puntos según el nivel acreditado, mientras que los idiomas extranjeros pueden aportar un punto adicional dependiendo de la titulación oficial presentada. Para aquellos trabajadores que busquen promocionar del grupo C2 al C1, existe una vía alternativa que permite acceder sin la titulación académica habitual, siempre que cuenten con diez años de antigüedad o cinco años más un curso de formación específico.

Estas bases ya son definitivas en vía administrativa. Quien desee impugnar el acuerdo tiene un plazo de dos meses para interponer una demanda ante los Juzgados de lo Social de València. Los plazos empiezan a contar desde la publicación en el boletín. No hay más remedio.

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