San Antonio de Benagéber estrena su ordenanza general de subvenciones
El Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber ya cuenta con su nueva normativa para gestionar ayudas. Se aclaran los requisitos y obligaciones para los solicitantes.
El Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber ha aprobado definitivamente su Ordenanza General de Subvenciones, un documento que busca unificar el procedimiento para pedir y recibir ayudas municipales. Tras su paso por exposición pública sin reclamaciones, la normativa entra ahora en vigor para regular todas las líneas de apoyo que el consistorio ponga en marcha.
Datos clave
- En vigor
- Desde el día siguiente a la publicación de este anuncio
- Requisitos
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Qué hacer
- Justificar cada euro invertido mediante facturas y documentos contables
La ordenanza establece que cualquier subvención debe ir ligada a un fin de interés público, cubriendo áreas que van desde el medio ambiente y el comercio de proximidad hasta la acción social, el deporte o la cultura. La transparencia es la clave de este nuevo marco, que obliga al Ayuntamiento a publicar las convocatorias y resoluciones para facilitar el control social de los fondos.
Para quienes aspiren a una ayuda, el texto es tajante respecto a las obligaciones. Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social será un requisito indispensable no solo en el momento de la solicitud, sino también cuando llegue el pago. Además, los beneficiarios deberán justificar cada euro invertido mediante facturas y documentos contables en los plazos que marque cada convocatoria.
La nueva norma también introduce controles estrictos. La Intervención Municipal fiscalizará los expedientes para garantizar que los recursos públicos se destinan correctamente, y se establecen procedimientos de reintegro en caso de incumplimiento. Si no se justifica la actividad adecuadamente, el Ayuntamiento exigirá la devolución de los fondos con los correspondientes intereses de demora.
El documento prevé dos vías para acceder a las ayudas: el régimen de concurrencia competitiva, donde las solicitudes se comparan bajo criterios objetivos, y la concesión directa, reservada para situaciones excepcionales debidamente motivadas. Aquellos que necesiten aclarar su situación particular pueden consultar el texto íntegro en el boletín oficial, que detalla desde los criterios de valoración hasta cómo realizar los pagos.
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