Puçol revisa su ordenanza para las bodas y otros actos civiles
El Ayuntamiento abre el periodo de 30 días hábiles para sugerencias sobre la nueva normativa que regirá las ceremonias en la localidad.
Si tienes pensado celebrar un acto civil en el municipio, el Ayuntamiento de Puçol ha movido ficha para actualizar las reglas del juego. En el pleno celebrado el pasado 25 de mayo, la corporación local aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza municipal que regula estas ceremonias, un texto que ya se encuentra a disposición de todos los vecinos para su revisión.
Datos clave
- Plazo
- 30 días hábiles para presentar sugerencias o reclamaciones
- Dónde consultar
- Secretaría municipal o en https://pucol.sede.dival.es/segex/expediente.aspx?id=2828295
- Cita previa
- Indispensable enviar un mensaje a [email protected]
- Horario atención
- De 09:00 a 14:00 horas
El documento, que se tramita bajo el expediente número 2828295N, busca poner al día los requisitos y condiciones para la celebración de estos eventos. La modificación ya ha superado el primer filtro administrativo y entra ahora en su fase de exposición pública para que cualquier persona interesada pueda aportar sus reclamaciones o sugerencias.
Para consultar el contenido exacto de los cambios, puedes acudir presencialmente a las dependencias de la Secretaría municipal. El horario de atención al público es de 09:00 a 14:00 horas, aunque es indispensable concertar una cita previa enviando un mensaje a la dirección [email protected].
Si prefieres realizar la consulta desde casa, el texto está disponible de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. Los técnicos han habilitado un enlace directo en la dirección https://pucol.sede.dival.es/segex/expediente.aspx?id=2828295, donde se puede acceder al detalle completo de la propuesta aprobada por el equipo de gobierno que encabeza M.ª Paz Carceller Llaneza.
Es importante recordar que el texto no entrará en vigor de manera inmediata. Tras los 30 días hábiles que dura este periodo de alegaciones, la normativa deberá publicarse íntegramente de nuevo y cumplir con los plazos que dicta la Ley de Bases del Régimen Local antes de ser de obligado cumplimiento.
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