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Canals estrena ordenanza de vertidos para proteger el alcantarillado

Si tienes una industria o local en Canals, esta normativa te obliga a revisar cómo viertes tus aguas residuales y el estado de tus arquetas.

El Ayuntamiento de Canals ha dado luz verde definitiva a su nueva ordenanza reguladora de vertidos a la red municipal de alcantarillado, un texto que busca poner orden en lo que llega a nuestras depuradoras. El objetivo es claro: frenar el deterioro de la red municipal y evitar que las aguas industriales, cargadas de sustancias que complican el tratamiento, sigan causando problemas estructurales y sobrecostes en la depuración.

Datos clave

Plazo adaptación
12 meses para conectarse a la red general bajo las nuevas condiciones.
Actualizar permisos
6 meses para actualizar autorizaciones de vertido existentes.
Requisito industria
Autorización expresa para consumos superiores a 3.000 metros cúbicos al año.
Libro de Control
Conservar resultados de analíticas durante al menos 5 años.
En vigor
15 días hábiles tras la publicación oficial.

La normativa es exigente con los vertidos industriales. Aquellas actividades que consuman más de 3.000 metros cúbicos de agua al año o que estén en sectores específicos definidos por la CNAE estarán obligadas a obtener una autorización expresa. Además, el texto marca límites estrictos para decenas de parámetros, desde el pH hasta metales como el cromo, el mercurio o el plomo, que deben mantenerse dentro de los niveles establecidos para no dañar el sistema.

Uno de los puntos clave para cualquier empresa es la obligación de instalar arquetas de registro de libre acceso. Estas cajas, que deben ubicarse en la vía pública para permitir inspecciones y mediciones, se convertirán en el punto de deslinde entre la red privada y la municipal. Aquellos locales que manejen grasas, aceites o líquidos combustibles, como bares, restaurantes o talleres, deberán además instalar separadores específicos.

Para adaptarse a estas nuevas reglas, el ayuntamiento ha establecido un régimen transitorio. Las instalaciones existentes tienen un plazo máximo de doce meses para conectarse a la red general bajo estas nuevas condiciones, y un plazo de seis meses para actualizar sus autorizaciones de vertido si ya contaban con una. La inobservancia de estas normas puede conllevar desde sanciones económicas hasta la desconexión provisional del suministro de agua.

El control será riguroso. El consistorio podrá realizar inspecciones sorpresa y las empresas generadoras de aguas residuales industriales deberán llevar un Libro de Control con los resultados de sus analíticas, que deberán conservarse durante al menos cinco años. La normativa entra en vigor en quince días hábiles tras su publicación oficial, por lo que el reloj ya corre para los sectores afectados.

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