Benissanó estrena nuevas tasas para todos los procesos selectivos
Si planeas opositar en Benissanó, toma nota: el Ayuntamiento ha renovado las tasas por derechos de examen con nuevos tramos de pago y exenciones según tu situación personal.
Si tienes en mente presentarte a una plaza pública en Benissanó, hay una nueva regla del juego que ya ha entrado en vigor. El Ayuntamiento ha actualizado por completo su ordenanza reguladora de los derechos de examen, una norma que no se tocaba desde el año 2008 y que ahora se adapta a la administración electrónica y a la realidad actual de los procesos selectivos.
Datos clave
- Cuota A1
- 35,60 €
- Cuota A2 y B
- 28,40 €
- Cuota C1
- 21,35 €
- Cuota C2
- 14,35 €
- Agrupaciones Prof.
- 7,50 €
La nueva tasa no es un precio único, sino que varía en función de la categoría profesional de la plaza a la que aspires. Las cuantías oscilan desde los 35,60 euros para los grupos A1 hasta los 7,50 euros para las agrupaciones profesionales, pasando por los 28,40 euros que costará inscribirse en las convocatorias de grupos A2 y B.
El sistema también contempla bonificaciones para quienes se encuentren en situaciones personales específicas. Los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, víctimas del terrorismo o de violencia de género, y quienes formen parte de familias numerosas o monoparentales de categoría especial, quedarán exentos del pago de esta tasa.
Para las familias numerosas o monoparentales de categoría general, el Ayuntamiento ha establecido una bonificación del 50 por ciento sobre la cuota que corresponda al grupo de la plaza elegida. Estos beneficios fiscales deben acreditarse documentalmente en el momento de presentar la solicitud de participación.
Ojo, el abono de la tasa es un paso previo indispensable, pero no garantiza el acceso automático al examen. El pago debe realizarse obligatoriamente dentro del mismo plazo que se abra para presentar las solicitudes a la plaza, y la falta de ingreso total supondrá tu exclusión directa del proceso selectivo sin posibilidad de enmienda posterior.
Los errores en el pago, si los hubiera, solo podrán corregirse si la legislación vigente y las bases de la propia convocatoria lo permiten. Si por cualquier motivo el proceso selectivo no llegara a celebrarse por causas imputables al propio Ayuntamiento, el dinero de la tasa se devolverá de oficio a los aspirantes.
Esta actualización normativa deroga la ordenanza anterior que llevaba dieciocho años vigente. La nueva estructura busca una mayor transparencia y agilidad en la gestión de las bolsas de empleo y procesos de selección municipales.
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