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Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Sentencia contra la tasa de agua de Sagunt: el superávit es nulo

El Tribunal Superior de Justicia ha anulado parte de la ordenanza municipal que incluía un colchón económico en las tarifas del agua para cubrir posibles pérdidas.

Los vecinos y empresas de Sagunt que pagan el recibo del agua se encuentran ante un cambio de criterio jurídico sobre cómo debe calcularse su tarifa. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la empresa Sucs Valencians del Mediterrani SA contra el acuerdo plenario de 2020 que aprobó la actual ordenanza del servicio de agua y alcantarillado.

Datos clave

Qué cambia
Anulada la previsión de superávit en las tarifas de agua y alcantarillado de Sagunt
Sentencia
594/2024, firme desde el 25 de mayo
Qué hacer
El Ayuntamiento debe revisar la ordenanza para eliminar el margen de beneficios

El núcleo del conflicto reside en la forma en que el Ayuntamiento diseñó sus precios públicos. La justicia ha declarado nulo el fragmento de la normativa local y del acuerdo plenario donde se incluía en el cálculo de las tarifas una previsión de superávit. El objetivo de este margen era permitir que el servicio absorbiera cualquier incidencia negativa, una práctica que el tribunal ha desestimado al considerar que no se ajusta a derecho.

La sentencia 594/2024, que se volvió firme el pasado 25 de mayo, pone fin a un largo camino judicial iniciado en el procedimiento ordinario 22/2021. Tras el fallo, el Tribunal Supremo inadmitió el recurso posterior el 6 de mayo de 2026, lo que confirma que esta parte del diseño tarifario ya no tiene validez legal.

El tribunal ha optado por no imponer las costas procesales, repartiendo el peso de este litigio sin forzar a ninguna de las partes a cargar con los gastos del otro. Mientras que la estimación del recurso es parcial, la desestimación sobre el resto de los puntos impugnados mantiene intacta la base del servicio que no guardaba relación con esa previsión de excedente económico.

El Ayuntamiento de Sagunt debe ahora revisar la estructura de la ordenanza para ajustarse a este mandato judicial que prohíbe blindar el servicio mediante una previsión de beneficios en las tarifas. La sentencia, firmada por la letrada Gloria Herráez Martín, ya es de obligado cumplimiento para la administración local.

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