Falset pone al cobro el recibo del agua del tercer trimestre de 2026
Ver las 20 ayudas abiertas en la Provincia de Tarragona →Los vecinos de Falset tienen hasta final de año para abonar el suministro de agua correspondiente al tercer trimestre. Te explicamos las modalidades de pago.
Si recibes el agua en tu casa en Falset, ya tienes sobre la mesa el recibo del tercer trimestre de 2026. El Ayuntamiento ha publicado el padrón oficial del suministro y el periodo para ponerse al día ya está en marcha.
Datos clave
- Plazo pago
- Hasta el 31 de diciembre de 2026
- Dónde pagar
- Banc Sabadell, BBVA, La Caixa, base.cat
- Exposición pública
- 15 días en la Secretaría del Ayuntamiento
- Recurso
- Reposición en el plazo de 1 mes
El plazo de ingreso voluntario es amplio, pues se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Tienes tiempo, pero no conviene dejarlo para el último día del año.
Para abonar los recibos, el Ayuntamiento ofrece las vías habituales. Puedes acudir a las oficinas de Banc Sabadell o BBVA, utilizar los cajeros automáticos de La Caixa o realizar la gestión de forma telemática a través del portal www.base.cat. También están habilitadas la banca telefónica y los cajeros que aceptan el pago mediante código de barras.
La domiciliación bancaria sigue siendo la opción más cómoda para evitar despistes. Si ya la tienes activada, el cobro se gestionará automáticamente. Si no, puedes darla de alta en cualquier oficina de BASE o mediante su página web.
Ten en cuenta que, una vez que pase el 31 de diciembre, cualquier recibo pendiente entrará en periodo ejecutivo. A partir de ese momento, la deuda incluirá los recargos legales correspondientes y los intereses de demora que marca el reglamento de recaudación.
El padrón estará expuesto al público en la Secretaría municipal, en la Plaça de la Quartera 41, durante los próximos quince días hábiles. Es el plazo que tienes para examinar el expediente y presentar, si lo consideras necesario, cualquier alegación.
Contra la aprobación de este padrón, el único recurso administrativo posible es el de reposición. Debes presentarlo ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a esta publicación. Una vez interpuesto, si no recibes respuesta en el plazo de un mes, el recurso se entenderá desestimado y podrás acudir entonces a la vía contencioso-administrativa.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.