Padrones fiscales 2026 en Carmona: basura, vados y terrazas
El Ayuntamiento de Carmona ha publicado los padrones de basura, vados y terrazas para 2026. Te contamos cuándo empieza el periodo de pago y qué plazos tienes.
Si vives o regentas un negocio en Carmona, es momento de revisar el calendario fiscal. El Ayuntamiento ha hecho públicos los padrones para el pago de tres tasas clave: la recogida de residuos del segundo semestre, la entrada de vehículos y la ocupación de la vía pública con terrazas y toldos. La publicación de estos listados equivale a la notificación oficial de la liquidación, por lo que no recibirás una carta individual en casa.
Datos clave
- Periodo pago
- 1 de septiembre al 7 de noviembre 2026
- Plazo consulta
- 20 días hábiles
- Lugar consulta
- Oficina de Rentas, calle El Salvador 2
- Recurso
- Reposición ante Alcaldía (1 mes)
Los recibos están ya a disposición de cualquier interesado en la Oficina de Rentas y Exacciones, ubicada en el número 2 de la calle El Salvador. Tienes un plazo de 20 días hábiles para consultar los datos y presentar alegaciones si detectas algún error en tu cuota. Pasado este tiempo, el padrón quedará aprobado de forma definitiva.
El periodo de pago en voluntaria se ha fijado entre el 1 de septiembre y el 7 de noviembre de 2026, ambos inclusive. Es el tramo en el que podrás realizar el abono sin que se aplique recargo alguno sobre la cantidad original.
Superada esa fecha, la situación cambia. Si el pago se realiza fuera de plazo pero antes de recibir la providencia de apremio, se aplicará un recargo del 5 por ciento sin intereses. Si la providencia ya ha sido notificada, el incremento sube al 10 por ciento, llegando al 20 por ciento en los casos donde se deba liquidar además el interés de demora desde el inicio del periodo ejecutivo.
Si decides recurrir el contenido de estos padrones, el procedimiento es el de reposición ante la Alcaldía. El plazo para presentarlo es de un mes, que empezará a contar desde el día siguiente al cierre del periodo de información pública. Para el posterior recurso contencioso-administrativo, el límite es de dos meses tras la notificación de la resolución expresa.
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