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San Pedro de Rozados·Boletín Bien de la Provincia de Salamanca,

San Pedro de Rozados estrena ordenanza para la venta ambulante

San Pedro de Rozados fija los horarios, los requisitos y las multas para quienes instalan sus puestos en la Plaza Mayor. El seguro de responsabilidad es ahora obligatorio.

Si tienes un puesto ambulante o te planteas vender en San Pedro de Rozados, toma nota. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la nueva ordenanza que regula toda la venta no sedentaria en el municipio, desde el mercadillo semanal hasta los vehículos-tienda que recorren nuestras calles.

Datos clave

Lugar venta
Plaza Mayor
Horario mercadillo
Martes de 10:00 a 13:00 horas
Seguro exigido
100.000 € de capital mínimo
Sanciones
Multas de 100 € hasta 3.000 €
Puestos máximos
10 puestos en mercadillos

La normativa, que ya está en vigor, establece la Plaza Mayor como único escenario autorizado para la instalación de puestos. El mercadillo, con un tope de diez licencias, se fija para los martes de 10:00 a 13:00 horas, aunque el Consistorio contempla ampliar los días autorizados a los sábados mediante bando, siempre buscando el equilibrio con el descanso vecinal.

Para obtener la autorización municipal, que tiene una validez máxima de un año y no se renueva automáticamente, el vendedor debe estar al día con la Seguridad Social y el Impuesto de Actividades Económicas. Además, es obligatorio contratar un Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 100.000 €.

La norma no se olvida de la seguridad alimentaria. Si vendes productos perecederos, deberás exhibir el carné de manipulador y garantizar la cadena de frío, so pena de enfrentarte a un régimen sancionador que puede ser severo. Las multas oscilan entre los 100 € para infracciones leves y los 3.000 € para los incumplimientos considerados muy graves.

El texto también detalla los criterios para el reparto de puestos si la demanda supera la oferta. Se valorará la experiencia profesional, la posesión de distintivos de calidad y la adhesión a sistemas de mediación en consumo. Factores sociales, como el número de personas dependientes a cargo del solicitante, también sumarán puntos en el baremo.

Las medidas cautelares son directas. El Ayuntamiento se reserva la potestad de incautar productos o retirar el puesto si detecta infracciones graves, especialmente cuando la salud pública esté en juego. Las órdenes de la autoridad inspectora son de obligado cumplimiento.

La limpieza es innegociable. Los vendedores tienen dos horas tras el cierre para desmontar y dejar la Plaza Mayor en perfecto estado, bajo riesgo de sanción.

La norma prohíbe la megafonía estridente y exige precios visibles. Toda la actividad deberá ajustarse a la normativa autonómica en materia de comercio minorista y defensa del consumidor. Ya no hay margen para la duda en la calle.

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