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Más financiación europea para las bodegas vascas que exportan en 2026

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El porcentaje de subvención para la promoción del vino en terceros países sube al 60 por ciento. Es el nuevo techo para los gastos subvencionables este año.

Las bodegas y empresas del sector vitivinícola que están apostando por abrir mercados fuera de nuestras fronteras tienen un motivo para revisar sus cuentas. La normativa que regula las ayudas a la promoción en terceros países acaba de actualizarse, permitiendo una inyección mayor de fondos europeos para cubrir los costes de sus campañas de comunicación y presencia exterior.

Datos clave

Financiación máxima
60 % de los gastos subvencionables
Recurso reposición
1 mes desde el 7 de julio de 2026
Recurso contencioso
2 meses desde el 7 de julio de 2026

Todo cambia a mejor. La ayuda financiera de la Unión Europea para estas acciones, que hasta ahora estaba limitada al 50 por ciento de los gastos elegibles, se eleva oficialmente hasta el 60 por ciento. Es un cambio que ya se venía gestando desde el pasado mes de marzo, cuando la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural pactó esta mejora para el sector.

El ajuste no es solo una cuestión de porcentajes sobre el papel. La orden de la consejera Amaya Barredo Martín, publicada este lunes en el boletín, blinda este nuevo umbral para todo el programa de la Intervención Sectorial Vitivinícola de 2026. Además, se añade una cláusula de flexibilidad: el porcentaje podrá volver a subir si así lo acuerdan los organismos competentes en el futuro, eliminando la necesidad de cambiar las bases cada vez que Europa decida abrir un poco más el grifo.

El dinero manda. La medida busca dar más oxígeno a quienes llevan el vino de Euskadi a mercados extracomunitarios. Es una ventaja directa para las empresas que ya tenían proyectos en marcha o que estaban valorando su expansión internacional este año.

Los interesados tienen ahora un mes para interponer un recurso de reposición ante el Departamento si consideran que algo no encaja. Si prefieren la vía judicial, el plazo para el contencioso-administrativo es de dos meses.

El cambio es inmediato.

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