Euskadi estrena nueva ley para los festejos taurinos tradicionales
El Gobierno Vasco regula por primera vez los encierros y sokamuturras con participación de menores. La norma impone estrictas condiciones de seguridad y bienestar.
Los festejos taurinos populares en Euskadi ya no caminan sobre un vacío legal. El Parlamento Vasco ha aprobado la Ley 6/2026, una norma que pone orden en encierros, sokamuturras y eventos de recortadores donde participan menores de 16 años, integrando estas celebraciones en el patrimonio cultural bajo un marco de seguridad mucho más riguroso que el anterior.
Datos clave
- Entrada en vigor
- 7 de julio de 2026
- Antelación solicitud
- 10 días hábiles
- Multas muy graves
- 30.001 € a 150.000 €
- Edad reses
- 6 a 18 meses
- Horario prohibido
- 22:00 a 07:00
La norma, que entra en vigor este 7 de julio de 2026, establece un catálogo estricto de requisitos. Los organizadores deberán solicitar la autorización previa a la Dirección de Juego y Espectáculos con al menos 10 días hábiles de antelación. En la carpeta de la solicitud debe figurar obligatoriamente la póliza de seguro, el nombramiento de la dirección del festejo (que lucirá un brazalete azul vivo) y un plan de seguridad con croquis de evacuación y servicios sanitarios.
El bienestar animal es el segundo pilar de este cambio. Solo se podrán utilizar reses de entre 6 y 18 meses, con las defensas siempre emboladas para evitar cornadas. Ningún animal podrá permanecer en el recinto más de 15 minutos seguidos. Además, queda terminantemente prohibido organizar estos eventos entre las 22:00 y las 07:00 horas, blindando así el descanso y la seguridad en horario nocturno.
Las medidas de control sobre los menores son igualmente explícitas. Solo los menores de 16 años pueden participar activamente; los adultos que accedan al ruedo solo podrán intervenir en caso de peligro. Si el menor tiene menos de 14 años, su presencia exige obligatoriamente el acompañamiento de un adulto responsable.
Las sanciones por incumplir esta ley son contundentes y escaladas según la gravedad. Las infracciones leves se castigan desde 150 hasta 1.500 euros. Las graves pueden alcanzar los 30.000 euros, acompañadas de inhabilitación. En los casos muy graves, la multa escala hasta los 150.000 euros, con inhabilitaciones de hasta un año y medio.
La ley es clara.
El silencio administrativo juega en contra del organizador. Si no hay respuesta 72 horas antes del evento, este se considera no autorizado. La responsabilidad final recae siempre en el organizador, quien debe velar por que nadie participe bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes.
Las autoridades locales y el Gobierno Vasco compartirán la tarea inspectora. En caso de que un ayuntamiento se inhiba, el Gobierno Vasco podrá actuar de oficio y pasar la factura al consistorio correspondiente. La normativa busca proteger la tradición, pero bajo un estricto control de seguridad.
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