Ayudas educativas en Fuente Álamo: 37.000 euros para centros y AMPAS
Ver las 64 ayudas abiertas en la Región de Murcia →El Ayuntamiento de Fuente Álamo abre la convocatoria de subvenciones de 2026 para centros escolares y AMPAS. Los plazos, el reparto por número de alumnos y socios, y cómo justificar los gastos.
Los centros educativos y las asociaciones de madres y padres de Fuente Álamo tienen desde esta semana una nueva vía para financiar sus actividades formativas y de funcionamiento. El Ayuntamiento acaba de lanzar su convocatoria anual de ayudas en concurrencia competitiva para el ejercicio 2026, con un fondo global de 37.000 euros repartido en dos bloques bien diferenciados.
Datos clave
Cierra en 21 días- Plazo
- Hasta el 28 de noviembre de 2026
- Beneficiario
- Centros de infantil y primaria, y AMPAS de Fuente Álamo
- Cuantía
- 20.000 € (centros) y 17.000 € (AMPAS)
- Cómo solicitar
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente Álamo
La partida más cuantiosa, dotada con 20.000 euros, está reservada exclusivamente para los centros de educación infantil y primaria del municipio. El sistema de reparto combina una cuota fija de 2.000 euros por centro con una variable que dependerá del número de alumnos matriculados, por lo que el peso de la matrícula será determinante en el ingreso final.
Por otro lado, las AMPAS disponen de un crédito de 17.000 euros. En su caso, la cuota fija es escalonada según el censo de socios: va desde los 600 euros para las agrupaciones de hasta 49 miembros hasta los 1.200 euros para aquellas que superen los 200 socios. La parte variable de su ayuda se decidirá en función de su memoria de actividades, valorando especialmente la colaboración con el colegio y el Ayuntamiento.
El plazo para presentar la documentación es de 15 días hábiles a contar desde la publicación en el boletín. El trámite debe realizarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente Álamo.
Si la documentación presentada estuviera incompleta, el solicitante dispondrá de 10 días para subsanar los errores. Es un plazo improrrogable.
Las actividades subvencionadas deben ejecutarse entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Los beneficiarios tendrán tres meses adicionales tras finalizar el plazo de ejecución para presentar la justificación de gastos.
La transparencia es total.
La falta de justificación en tiempo y forma supondrá el reintegro de las cantidades recibidas de manera automática. No se emitirán avisos previos.
Las bases recuerdan que las ayudas son compatibles con otras subvenciones siempre que el importe total no supere el coste real del proyecto. La resolución del expediente, a cargo de la Junta de Gobierno Local, tiene un plazo máximo de seis meses tras el cierre de las solicitudes.
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