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Ojén·Boletín Bien de la Provincia de Málaga,

Ojén actualiza su impuesto de obras: así queda el gravamen al 3 %

El Ayuntamiento de Ojén ha dado luz verde a la nueva normativa del impuesto sobre construcciones. Te explicamos cómo se calculará el tributo para tus futuras reformas y el plazo clave al finalizar cualquier obra.

Si tienes en mente una reforma en casa, vas a construir algo nuevo o simplemente planeas demoler una estructura en Ojén, hay cambios en la normativa que debes conocer. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza que regula el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, conocido habitualmente como el ICIO.

Datos clave

Tipo de gravamen
3 % de la base imponible
Base imponible
Coste real y efectivo de la obra
Liquidación final
Declarar en 1 mes tras terminar la obra
Recurso
Contencioso-administrativo en 2 meses

La principal novedad es la actualización integral de este tributo indirecto. El tipo de gravamen se fija en el 3 por ciento de la base imponible, que se calculará siempre sobre el coste real y efectivo de la obra, sin incluir el IVA, los honorarios profesionales o el beneficio empresarial.

El pago del impuesto funciona ahora mediante un sistema de liquidación provisional al inicio de los trabajos, seguido de una liquidación definitiva al terminar. Es importante señalar que, al concluir la obra, el propietario tiene un mes para declarar el coste final y realizar los ajustes necesarios, ya sea para completar el pago o recibir una devolución si el presupuesto fue menor.

La normativa es clara respecto a los proyectos que requieran licencia o declaración responsable. No se tramitarán expedientes de primera ocupación sin que conste el pago previo del impuesto. Además, las autoliquidaciones presentadas fuera de plazo fuera de requerimiento previo tendrán los recargos legales correspondientes.

El impuesto ya está en vigor tras su publicación oficial en el boletín provincial. Contra este acuerdo definitivo, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses ante los tribunales. Es recomendable revisar el presupuesto real de cualquier obra antes de iniciar los trámites, ya que el Ayuntamiento podrá realizar comprobaciones administrativas para ajustar la liquidación final a los costes reales de ejecución.

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