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Ajustes en la tasa de residuos de Istán: trimestres y bonificaciones

Si eres vecino o regentas un negocio en Istán, la factura de la basura cambia de ritmo y de cuantía tras corregirse errores en la ordenanza, incluyendo un salto al 50%.

El Ayuntamiento de Istán ha tenido que poner orden en sus papeles para evitar confusiones con la tasa de recogida de basuras. Una resolución de Alcaldía firmada el pasado 26 de mayo rectifica varios gazapos detectados en el texto aprobado hace apenas dos meses, afectando directamente a cómo y cuánto pagamos por este servicio municipal.

Datos clave

Bonificación Renta
50% para hogares con ingresos hasta 1,1 veces el salario mínimo interprofesional.
Periodicidad Pagos
4 periodos trimestrales en lugar del sistema semestral anterior.
Cuota Tiendas
La parte variable se ajusta a 50,33 €.
Cuota Bares
La parte variable se ajusta a 83,88 €.
Cuota Restaurantes
La parte variable queda fijada en 100,65 €.

El cambio más llamativo para las familias de Istán es el salto en la bonificación por renta baja. Donde antes se mencionaba un testimonial 1,1 por ciento de descuento, la normativa rectificada establece ahora un 50 por ciento para aquellos hogares cuyos ingresos no superen 1,1 veces el salario mínimo interprofesional.

La periodicidad de los pagos también se ajusta para mayor claridad: dejamos atrás el sistema semestral para pasar a cuatro periodos trimestrales. En consecuencia, si se produce un cese en la prestación del servicio en una calle o zona específica, el prorrateo se calculará ahora por trimestres naturales, excluyendo aquel en el que finalice la actividad.

Las cuotas variables para los establecimientos económicos también han sido revisadas al alza por unos céntimos para ajustarse a los cálculos definitivos. Por ejemplo, una tienda pasa de pagar 49,97 euros de cuota variable a 50,33 euros, mientras que los bares ajustan su parte variable de 83,28 a 83,88 euros.

Los restaurantes y discotecas ven su cuota variable fijada en 100,65 euros y los hoteles, en sus distintas modalidades, también han visto corregidas sus cifras. Para los establecimientos hoteleros de más de 20 habitaciones, el recargo por unidad adicional queda fijado en 3,00 euros exactos tras el ajuste.

El texto también aclara que los datos de toneladas vertidas que sirven de referencia para el cálculo de las cuotas corresponden al año 2024, corrigiendo así la mención anterior que generaba dudas sobre el ejercicio fiscal aplicable.

La rectificación ha sido ya enviada al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación y se ha ordenado su difusión en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal para que cualquier afectado pueda consultar los nuevos tipos impositivos con exactitud.

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