Humilladero lanza su cheque bebé de 100 euros para nacimientos de 2025
Ver las 36 ayudas abiertas en la Provincia de Málaga →Si fuiste padre, madre o adoptante durante el año 2025, el Ayuntamiento abre ahora el plazo para solicitar esta ayuda económica. Te contamos los requisitos de empadronamiento y cómo presentar tu solicitud.
Si diste la bienvenida a un hijo o formalizaste una adopción durante el año 2025, el Ayuntamiento de Humilladero tiene una pequeña ayuda preparada para ti. Se trata del cheque bebé, una subvención directa destinada a fomentar el crecimiento demográfico en el municipio y que cuenta con una partida máxima de 11.500 euros.
Datos clave
Cierra en 26 días- Plazo
- Hasta el 29 de noviembre de 2026
- Cuantía
- 100 € por nacimiento o adopción
- Beneficiario
- Familias con hijos nacidos o adoptados en 2025
- Cómo solicitar
- Registro General del Ayuntamiento
El importe base de la ayuda es de 100 euros por nacimiento o adopción. Es un pago único que no requiere justificación posterior, pues el propio nacimiento o adopción ya justifica la finalidad de la subvención. Eso sí, si el número de solicitudes supera el crédito disponible, la cuantía se repartirá de forma proporcional entre todos los beneficiarios.
Para acceder al cheque, debías residir de forma efectiva en Humilladero antes del 1 de enero de 2025. Este requisito es obligatorio para ambos progenitores en caso de parejas, o para el padre o madre en familias monoparentales. Además, el menor debe estar empadronado en el mismo domicilio que sus padres.
El proceso es sencillo y sin baremos. Se trata de una concurrencia no competitiva, lo que significa que, si cumples los requisitos y hay crédito, la ayuda se concede. La comisión técnica del Ayuntamiento verificará la documentación aportada y la Alcaldía dictará la resolución final.
Debes presentar la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento. Tienes un plazo de treinta días naturales desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, por lo que el calendario corre hasta finales de noviembre. Si falta algún documento, el consistorio te notificará para que subsanes en diez días.
La lista de requisitos incluye estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento. Deberás presentar el certificado de nacimiento o la resolución judicial de adopción, el DNI de los solicitantes y los volantes de empadronamiento. También necesitarás un certificado de titularidad bancaria para recibir la transferencia.
Si cambiaste tu situación después de solicitar la ayuda, comunícalo. La ocultación de datos o el incumplimiento sobrevenido de los requisitos puede obligarte a devolver el dinero junto a los intereses legales. Es preferible informar a tiempo.
La solicitud está disponible como anexo en el documento oficial. Recuerda que solo se permite una ayuda por nacimiento o adopción, independientemente de si hay uno o dos progenitores. Toca recoger el papel.
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