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Familia, Juventud y Asuntos Sociales·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

San Agustín del Guadalix publica el texto normativo de su nuevo PGOU

El Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix da luz verde al nuevo Plan General. La normativa, de aplicación inmediata, sustituye a las antiguas reglas de 2000 y define el futuro del suelo en el municipio.

San Agustín del Guadalix cuenta desde esta semana con la publicación oficial del texto normativo de su Plan General de Ordenación Urbana. Este movimiento administrativo, que culmina un proceso iniciado el pasado 15 de junio, clarifica finalmente las reglas del juego para el desarrollo urbanístico en todo el término municipal.

Datos clave

Estado
Vigente desde el 28 de octubre de 2026
Plazo cumplimiento
2 años (general)
Qué hacer
Consultar la normativa en el Ayuntamiento

El documento, que ya es de aplicación obligatoria, establece el régimen jurídico y las determinaciones estructurantes que guiarán el crecimiento y la protección del suelo. Esta publicación incluye además la documentación prevista en la normativa de evaluación ambiental, integrando tanto los planos de ordenación como el catálogo de bienes protegidos en un único marco legal.

La normativa sustituye definitivamente a las antiguas Normas Subsidiarias del año 2000, que quedan derogadas. Este nuevo PGOU no solo redefine los usos del suelo y el régimen de edificación, sino que incorpora la declaración de utilidad pública para las actuaciones previstas, facilitando los procedimientos expropiatorios cuando sea necesario para las redes públicas.

Cualquier vecino o interesado puede consultar el texto íntegro, que detalla desde los niveles de protección para inmuebles catalogados hasta las condiciones para futuras licencias. La consulta es fundamental para conocer el régimen urbanístico específico que afecta a cada finca, especialmente en las zonas donde las nuevas alineaciones oficiales podrían alterar las previsiones anteriores.

El texto también establece un plazo general de dos años para el cumplimiento de los deberes urbanísticos en el suelo, aunque este periodo puede variar según lo especificado en las fichas de cada sector. En los ámbitos donde todavía falta la ordenación pormenorizada, se abre un margen de cuatro años para completarla, garantizando que el desarrollo del municipio siga criterios de sostenibilidad y equilibrio.

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