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Ayuntamiento de Artesa de Lleida·Boletín Bien de la Provincia de Lleida,

Artesa de Lleida: plazo de pago para la Llar d’Infants de octubre

Las familias con hijos en la escuela infantil municipal de Artesa de Lleida tienen hasta principios de enero para liquidar la cuota correspondiente a octubre.

Si tienes hijos en la Llar d’Infants de Artesa de Lleida, el ayuntamiento ya ha fijado el calendario para abonar la mensualidad correspondiente al pasado mes de octubre. La alcaldesa, Mariona Rebull, ha firmado el decreto que aprueba el padrón fiscal, abriendo así el periodo oficial para que las familias realicen el ingreso.

Datos clave

Plazo pago
Hasta el 5 de enero de 2027
Qué pagar
Mensualidad de octubre de la Llar d’Infants
Formas de pago
Domiciliación bancaria o ingreso en oficinas
Consulta
Secretaría municipal durante un mes

Tienes hasta el 5 de enero de 2027 para realizar el pago en periodo voluntario. El plazo comenzó el pasado 5 de noviembre.

El recibo puede saldarse de dos formas. La primera es mediante domiciliación bancaria, aunque el ayuntamiento recuerda que cualquier cambio o comunicación sobre la cuenta debe hacerse con antelación en las oficinas municipales. La segunda vía es el ingreso directo en las propias dependencias del consistorio.

Si el pago no se realiza dentro de este margen, el procedimiento entrará en periodo ejecutivo. A partir de ese momento, la deuda se verá incrementada por los recargos legales correspondientes.

El recargo será del 5 por ciento si se abona antes de que el ayuntamiento notifique la providencia de constrenyimiento. Si se llega a esa notificación, el recargo será del 10 por ciento, siempre que se pague dentro de los plazos que el propio documento indique.

Una vez superados todos estos pasos, el recargo ascenderá al 20 por ciento del importe pendiente, al que además habrá que sumar los intereses de demora generados.

El padrón fiscal estará expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto. Durante este tiempo, los interesados pueden consultar la información en horario de oficina.

Contra esta resolución cabe interponer un recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado. El plazo para hacerlo es de un mes, que empezará a contar un día después de que finalice el periodo de exposición pública.

Ten presente que presentar un recurso no detiene por sí mismo el cobro de la tasa. Si necesitas suspender la ejecución, deberás solicitarlo explícitamente y aportar las garantías económicas que exige la normativa vigente.

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