AndalucíaAragónAsturiasBizkaiaCanariasCantabriaCastilla y LeónCastilla-La ManchaCataluñaCeutaComunidad de MadridComunitat ValencianaExtremaduraGaliciaGipuzkoaIlles BalearsLa RiojaMelillaNavarraPaís VascoProvincia de A CoruñaProvincia de AlbaceteProvincia de AlicanteProvincia de BadajozProvincia de BarcelonaProvincia de BurgosProvincia de CastellónProvincia de Ciudad RealProvincia de CuencaProvincia de CáceresProvincia de CádizProvincia de CórdobaProvincia de GironaProvincia de GranadaProvincia de GuadalajaraProvincia de HuelvaProvincia de HuescaProvincia de JaénProvincia de LeónProvincia de LleidaProvincia de LugoProvincia de MálagaProvincia de OurenseProvincia de PontevedraProvincia de SalamancaProvincia de SegoviaProvincia de SevillaProvincia de SoriaProvincia de TarragonaProvincia de TeruelProvincia de ValenciaProvincia de ValladolidProvincia de ZamoraProvincia de ZaragozaProvincia de ÁvilaRegión de MurciaÁlava
Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros·Boletín Bien de La Rioja,

Torrecilla en Cameros estrena su nueva ordenanza de subvenciones

El Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros ha aprobado de forma definitiva su normativa para regular todas las ayudas locales. Te explicamos los cambios en la justificación y los nuevos requisitos para ser beneficiario.

Torrecilla en Cameros estrena a partir de esta semana una nueva normativa que marcará la concesión de cualquier ayuda municipal a partir de ahora. El Pleno del Ayuntamiento ha dado luz verde definitiva a la ordenanza general reguladora de subvenciones, un texto que busca poner orden y seguridad jurídica en el reparto de fondos públicos.

Datos clave

Recurso
2 meses ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja
Justificación simple
Hasta 3.000 €
Plazo justificación
Máximo 3 meses desde fin de actividad
Alcalde
Sergio Martínez

La norma no es una ocurrencia de última hora, sino el fruto de un proceso que arrancó formalmente el 15 de septiembre de 2026. Tras su aprobación inicial y un periodo de exposición pública sin alegaciones, el acuerdo ha quedado elevado a definitivo. El objetivo es claro: homogeneizar cómo se piden, conceden, justifican y controlan las ayudas que salen de las arcas locales.

La ordenanza es de aplicación a todas las subvenciones concedidas con cargo al presupuesto municipal, ya sean en régimen de concurrencia competitiva, de concesión directa o nominativas. Quedan fuera de su alcance las prestaciones asistenciales, las aportaciones que financian globalmente a organismos autónomos y los contratos de colaboración habituales.

Las entidades y particulares que busquen obtener la condición de beneficiario deberán cumplir con requisitos exigibles, como estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, además de haber justificado correctamente cualquier ayuda recibida con anterioridad por este Ayuntamiento. La falta de justificación previa es un cortafuegos claro para nuevas concesiones.

Para facilitar el día a día, la norma distingue entre dos tipos de justificación. Si el importe de la ayuda es igual o inferior a 3.000 euros, se permite una cuenta justificativa simplificada que incluye la memoria de actividad, una relación clasificada de gastos y sus correspondientes justificantes bancarios. Para ayudas superiores a esa cifra, se exigirá la cuenta justificativa ordinaria, con una memoria económica detallada de toda la inversión.

El documento establece que, como regla general, el pago se realizará tras la justificación de la actividad, aunque permite adelantos para entidades sin ánimo de lucro, asociaciones locales o juntas administrativas. Eso sí, los impuestos indirectos como el IVA solo serán subvencionables si no son susceptibles de recuperación o compensación por parte del beneficiario.

Contra este acuerdo definitivo, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses. El alcalde-presidente, Sergio Martínez, firma el documento que ya es ley interna.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que se publica en La Rioja y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de La Rioja, en Telegram
Los titulares del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de La Rioja

Lecturas ilimitadas

Con la suscripción los lees todos: subvenciones, oposiciones y contratos de La Rioja. Los primeros 7 días son gratis.

  • Todas las secciones
  • Cada edición entera
  • Todo el archivo

Te pediremos una tarjeta, pero hoy no pagas nada: el primer cobro llega el 13 de noviembre, salvo que canceles antes.

Sin registro previo: pagas y vuelves a donde estabas.

Pago seguro con StripeVISAPayGPay

Sin permanencia: cancelas tú mismo desde tu cuenta, sin llamadas ni correos.