Ayuntamiento de Errenteria·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Nuevas reglas en Errenteria para mociones, enmiendas e interpelaciones

Errenteria ajusta su Reglamento Orgánico para agilizar el trabajo en los plenos. Los cambios afectan a los plazos de registro de enmiendas, al cupo de mociones ciudadanas y a la presentación de interpelaciones.

El funcionamiento diario de los plenos en Errenteria estrena nuevas reglas. Tras meses ajustando el Reglamento Orgánico Municipal para mejorar la agilidad administrativa sin perder la participación política, el Ayuntamiento ha dado luz verde definitiva a varios cambios técnicos que afectan a cómo concejales y ciudadanos llevan sus propuestas a debate.

Datos clave

En vigor
15 días hábiles tras el 7 de septiembre
Plazo enmiendas
Hasta las 8:30 del día previo al pleno
Interpelaciones
1 día natural antes de Junta Portavoces

El cambio más visible afecta a las enmiendas, que desde ahora deberán presentarse por escrito y a través del registro municipal. El plazo límite para formalizarlas se fija en las 8:30 horas del día anterior a la celebración del pleno. Solo se permitirá una excepción oral durante la sesión: las correcciones técnicas, gramaticales o terminológicas que puedan surgir en pleno debate.

La normativa también introduce una novedad en el cupo de mociones. Aunque la regla general marca un máximo de dos mociones por grupo, se abre una ventana para una tercera si esta proviene de una iniciativa ciudadana. Para que esta se admita, es requisito indispensable que los grupos hayan registrado sus propuestas con antelación y que no exista ya otra moción ciudadana en el orden del día.

Finalmente, las interpelaciones también pasan a tener un marco temporal claro. A partir de ahora, deberán ser presentadas por escrito en el registro municipal con al menos un día natural de antelación a la Junta de Portavoces para poder entrar en el orden del día.

El texto ya ha superado el periodo de exposición pública sin recibir reclamaciones. La modificación entrará en vigor de forma plena una vez transcurran los 15 días hábiles desde su publicación oficial en el boletín. Las normas están claras.

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