Ayuntamiento de Eibar·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Tasa de ayuda a domicilio en Eibar: plazos de pago de julio 2026

Si eres usuario del servicio de ayuda a domicilio en Eibar, el periodo para abonar el recibo de julio ya está abierto. Tienes hasta el 9 de octubre para realizar el pago.

Si recibes ayuda a domicilio en Eibar, esta información te interesa. El Ayuntamiento ha publicado el padrón correspondiente al mes de julio de 2026, lo que activa el periodo de pago voluntario para los recibos generados por este servicio municipal.

Datos clave

Plazo pago
Hasta el 9 de octubre de 2026
Qué hacer
Pagar en entidades colaboradoras o Mi Pago
Consultas
Oficina Pegora (Untzaga Plaza 1)
Recurso
1 mes ante la delegada de Hacienda

El plazo para liquidar la tasa comenzó el pasado 1 de septiembre y se mantendrá abierto hasta el próximo 9 de octubre de 2026. Es importante tener en cuenta que, si tienes el recibo domiciliado, el cargo en tu cuenta bancaria se realizará a principios de octubre.

Para aquellos casos en los que el recibo no esté domiciliado, el documento se envió por correo ordinario a tu domicilio fiscal durante el mes de agosto. Si a fecha de hoy aún no has recibido el documento de pago, puedes solicitarlo directamente en Pegora, la oficina de servicio a la ciudadanía de Eibar, siempre dentro del periodo voluntario antes mencionado.

El pago puede realizarse de dos formas. La primera es presencial, presentando el recibo completo en las sucursales de Kutxabank, Laboral Kutxa, Banco Sabadell-Guipuzcoano, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Abanca, Banco Santander, La Caixa o Caja Rural de Navarra. La segunda opción es a través de Internet, mediante la pasarela de pagos Mi Pago.

El padrón estará expuesto al público durante un mes a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio. Durante este tiempo, puedes examinarlo en las dependencias de Impuestos Municipales, situadas en Untzaga Plaza 1.

Si no estás de acuerdo con la liquidación, tienes un mes para interponer un recurso de reposición ante la concejala delegada de Hacienda. Las reclamaciones deben presentarse en el registro de entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares contemplados por la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Es fundamental atender este calendario. Una vez superada la fecha límite del 9 de octubre, cualquier deuda pendiente pasará a periodo ejecutivo, lo que conlleva la aplicación de recargos, intereses de demora y las costas que procedan. Si deseas evitar estos trámites en el futuro, recuerda que puedes solicitar la domiciliación bancaria de los próximos recibos en el mismo momento en que realices el pago.

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