Agricultura, Ganadería y Medio Natural·Boletín Bien de Extremadura,

Siete jóvenes agricultores, llamados a subsanar sus ayudas en Extremadura

Plazo de solicitudCerrado el 16 de julio de 2026
Ver las 41 ayudas abiertas en Extremadura →

Siete solicitantes de las nuevas ayudas al establecimiento agrario tienen 10 días para presentar alegaciones ante la Junta. El plazo es improrrogable.

Si has solicitado una ayuda para el establecimiento de jóvenes agricultores en Extremadura, tu expediente acaba de sumar un trámite que requiere atención inmediata. La administración ha detectado deficiencias en la documentación presentada al amparo del decreto autonómico del pasado diciembre, y es necesario subsanar esos puntos para no quedar fuera de la convocatoria.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 16 de julio de 2026
Plataforma
Laboreo (notificación) / Arado (registro)
Afectados
Diego Gómez, Benita Tamayo, Maria Rodriguez, Juan Antonio Macias, Francisco Castro, Rubén

Siete solicitantes han sido notificados oficialmente en el último boletín. Se trata de Diego Gómez Barneto, Benita Tamayo Guerra, Maria Rodriguez Diestro, Juan Antonio Macias Peñato, Francisco Castro Sánchez, Rubén Martín González y Alberto Fernandez Jimenez. Todos ellos han recibido un requerimiento para defender su derecho a recibir la ayuda.

El plazo para formular alegaciones y aportar la documentación necesaria es de 10 días hábiles. Tienes hasta el 16 de julio de 2026 para presentar tus argumentos a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura. Es imprescindible contar con certificado digital o DNI electrónico para completar el trámite.

La notificación individualizada ya está disponible en la plataforma digital Laboreo. Es el lugar donde cada interesado puede consultar qué requisito específico le falta o qué documento resulta insuficiente según los criterios del Decreto 169/2024. No atender este aviso significa perder la oportunidad de optar a la subvención.

El tiempo apremia. Si tu nombre aparece en la relación oficial, los documentos deben estar en el registro antes del cierre de este periodo improrrogable.

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