Consorcio de la Vivienda de Barcelona·Boletín Bien de Cataluña,

Ayudas al alquiler en Barcelona 2026: plazos y condiciones

Plazo de solicitudAbierto hasta el 16 de octubre de 2026Quedan 32 días
Ver las 100 ayudas abiertas en Cataluña →

El Consorcio de la Vivienda de Barcelona activa una dotación de 4,3 millones de euros para familias con ingresos limitados. Te explicamos los plazos, la cuantía y qué requisitos necesitas para optar a estas prestaciones.

Si vives de alquiler en Barcelona y tu situación económica es vulnerable, ya puedes marcar en el calendario una fecha clave. El Consorcio de la Vivienda de Barcelona ha abierto la convocatoria 2026 para las ayudas al pago del alquiler, con un plazo de presentación de solicitudes que arranca el 7 de septiembre.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 16 de octubre de 2026
Cuantía
20 € a 300 € al mes (hasta 500 €)
Beneficiario
Residentes en Barcelona con rentas bajas
Cómo solicitar
Oficinas de Vivienda o sede electrónica
Presupuesto total
4.350.000,00 €

El fondo total destinado a estas prestaciones asciende a 4.350.000,00 euros. Esta dotación se reparte en dos ejercicios presupuestarios: 650.000,00 euros para 2026 y una partida mayor, de 3.700.000,00 euros, reservada para el año 2027.

Para ser beneficiario, debes residir legalmente en Cataluña desde hace al menos cinco años y estar empadronado en la vivienda por la que pides la ayuda. Los ingresos de tu unidad de convivencia no deben superar ciertos umbrales ligados al IRSC, y el alquiler mensual de tu vivienda tiene que situarse por debajo de los 1.100,00 euros.

La cuantía mensual de la prestación oscila entre un mínimo de 20,00 euros y un máximo de 300,00 euros. Solo en casos excepcionales de riesgo de exclusión residencial, y con informe favorable de los servicios sociales municipales, este importe puede elevarse hasta los 500,00 euros al mes.

El cálculo de la ayuda es específico. Se resta el 30 por ciento de tus ingresos ponderados al importe de tu recibo de alquiler actual. Si el resultado es inferior al límite de 20,00 euros, no se concede la prestación.

La solicitud debe presentarse de manera formalizada. Puedes hacerlo a través de la sede electrónica del Consorcio o presencialmente, siempre con cita previa, en cualquiera de las diez oficinas de vivienda repartidas por los distritos de la ciudad.

Ten en cuenta que no pueden acceder a estas ayudas quienes vivan en viviendas gestionadas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña o el Instituto Municipal de Vivienda y Rehabilitación de Barcelona. Tampoco aquellos cuyos ingresos por ahorros superen los 500,00 euros anuales, salvo casos muy concretos de dación en pago.

El proceso es riguroso. Si el Consorcio requiere subsanar algún documento, tendrás exactamente 10 días hábiles desde la notificación para entregarlo. Las ausencias escuecen. Si no aportas lo que falta a tiempo, se entiende que desistes de la solicitud.

El Consorcio podrá revisar o modificar el importe de la convocatoria en hasta 1.000.000,00 euros adicionales si las disponibilidades presupuestarias lo permiten. La resolución final llegará en un plazo máximo de tres meses.

La transparencia es total.

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