Empresa y Trabajo·Boletín Bien de Cataluña,

Ayudas a la industria en dificultad en Cataluña: 5 millones para 2027

Plazo de solicitudAbierto hasta el 7 de octubre de 2027Quedan 388 días
Ver las 100 ayudas abiertas en Cataluña →

La Generalitat lanza la convocatoria anticipada para 2027 con un fondo de 5 millones de euros para apoyar la reindustrialización y evitar el cierre de empresas.

Si tu empresa está atravesando un momento delicado y la reindustrialización o el mantenimiento de la actividad son ahora mismo tu prioridad, la Generalitat acaba de abrir el plazo para solicitar una ayuda económica. Esta convocatoria anticipada para 2027, publicada en el último boletín, busca sostener el músculo industrial en Cataluña.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 7 de octubre de 2027
Cuantía
Fondo de 5.000.000 €
Beneficiario
Empresas en situación de dificultad
Cómo solicitar
Portal Canal Empresa

El fondo máximo previsto asciende a 5.000.000,00 €, una cifra que podría incrementarse hasta en un 60 por ciento si el crédito lo permite en el momento de la resolución. Las ayudas se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que el orden de llegada y el cumplimiento de requisitos marcan la diferencia.

Debes tener en cuenta que el periodo para presentar la solicitud te da un margen amplio: empieza el 7 de octubre de 2026 y se mantendrá abierto hasta las 14.00 horas del 7 de octubre de 2027. Todo el trámite es estrictamente telemático a través de Canal Empresa.

Los proyectos deben ejecutarse, como regla general, desde los tres meses previos a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de 24 meses después. Si el proyecto se acoge a ciertas categorías de ayudas europeas, recuerda que no puede haber comenzado antes de haber formalizado la petición.

La justificación es un punto clave. Tienes hasta tres meses después de terminar la ejecución del proyecto para presentar una cuenta justificativa, la cual requerirá obligatoriamente un informe de auditoría.

Si decides dar marcha atrás voluntariamente antes de que termine el plazo de ejecución, deberás solicitar la renuncia formalmente. El reintegro de cualquier cantidad percibida conlleva intereses de demora desde el momento del pago efectivo.

La administración tiene un plazo de seis meses para resolver tu solicitud desde que la presentes. Si transcurre ese tiempo sin una respuesta expresa, la solicitud se considerará desestimada por silencio administrativo.

Todo cuenta. Revisa bien la base 12 de la Orden EMT/54/2024 para no olvidar ningún documento esencial en tu expediente.

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