Ayudas para empresas agrarias afectadas por sequía y DANA en 2024
Ver las 100 ayudas abiertas en Cataluña →Si tu empresa agroalimentaria sufrió pérdidas por la sequía o la DANA de 2024, la Generalitat ha fijado las bases para solicitar esta ayuda compensatoria. Necesitarás un informe de auditoría.
La sequía, el calor sofocante que arruinó la pera y los estragos de la DANA en 2024 han dejado tocadas a muchas cooperativas y empresas agroalimentarias en El Baix Ebre y El Montsià. La Generalitat acaba de publicar las bases que regularán las ayudas de minimis para compensar parte de esta facturación perdida en la campaña 2024-2025.
Datos clave
- Beneficiario
- Cooperativas, SAT y empresas agroalimentarias
- Requisito
- Caída del 30% en ingresos por producción
- Cómo solicitar
- Sede electrónica del Canal Empresa
- Qué aporta
- Informe de auditoría obligatorio
La ayuda va dirigida a cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) y empresas agroalimentarias que transformen o comercialicen productos agrarios. Para pedirla, el 50 por ciento o más de su producción debe haber salido de explotaciones agrarias durante la última campaña, y los beneficiarios deben demostrar que, en las producciones afectadas, sus ingresos cayeron al menos un 30 por ciento respecto a la media de las cinco campañas anteriores (descontando la peor de todas).
Los beneficiarios deberán presentar un informe de un auditor de cuentas que certifique la caída real en el valor de la comercialización. Este documento es fundamental: sin él, no hay compensación posible. El gasto derivado de contratar a este auditor también será subvencionable dentro de la propia ayuda.
La gestión es telemática a través del Canal Empresa o los Trámites de la Generalitat. Cada empresa deberá disponer de certificado digital, y las solicitudes que no cumplan los requisitos básicos recibirán un requerimiento de diez días hábiles para subsanar los fallos antes de ser descartadas.
La normativa especifica que no podrán acceder a estas ayudas las entidades que tengan deudas con la Seguridad Social o la administración tributaria. Además, las empresas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales, incluyendo la transparencia en las retribuciones de sus órganos de administración si la subvención supera los 10.000 €.
Todo es transparencia. El incumplimiento de estos puntos básicos puede derivar en la revocación de la ayuda. Si eso ocurre, la entidad deberá devolver el dinero más los intereses de demora correspondientes.
El control será riguroso.
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