Cultura, Turismo y Deporte·Boletín Bien de Castilla y León,

Ayudas para restaurar patrimonio en pueblos de Castilla y León

Plazo de solicitudCerrado el 30 de agosto de 2026
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Si eres propietario de un inmueble histórico en un municipio de menos de 20.000 habitantes, puedes solicitar hasta 30.000 euros para su restauración.

Si tienes entre manos la restauración de un edificio que forma parte del patrimonio cultural de tu municipio, es el momento de revisar los números. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha lanzado una nueva convocatoria para financiar obras en inmuebles históricos, siempre que se encuentren en pueblos de Castilla y León con menos de 20.000 habitantes.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 30 de agosto de 2026
Beneficiario
Propietarios de patrimonio en municipios < 20.000 hab.
Cuantía
Hasta 70% de gasto, máx. 30.000 €
Cómo solicitar
Sede electrónica de la Junta de Castilla y León

El objetivo es claro: frenar el deterioro de inmuebles con valor cultural, apoyando a particulares y comunidades que se ocupan de su conservación. La ayuda cubre hasta el 70 por ciento de los gastos que justifiques, con un tope máximo de 30.000 euros por beneficiario. Si el presupuesto se queda corto, la ayuda se ajustará proporcionalmente hasta agotar los fondos.

La convocatoria está abierta a personas físicas, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro. También pueden presentarse agrupaciones sin personalidad jurídica, siempre que nombren a un representante legal para gestionar el proceso. El requisito fundamental es que la propiedad esté catalogada dentro del patrimonio cultural y se sitúe en una localidad con una población inferior a los 20.000 habitantes.

Para participar, debes tramitar tu solicitud a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El proceso sigue un régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que los proyectos se valorarán en función de los criterios técnicos que marcan las bases reguladoras.

El plazo es breve. Tienes exactamente un mes para presentar tu documentación, contando desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el boletín. No lo dejes para el último día.

Las bases que rigen esta convocatoria son las que ya conoces de años anteriores, concretamente la Orden CYT/188/2019, actualizada posteriormente por las órdenes de 2020 y 2022. Todo está ahí.

Si el presupuesto disponible no basta para cubrir ese 70 por ciento de los gastos, la cuantía final se adaptará a lo que haya en caja. Una realidad financiera.

El éxito depende de tu gestión.

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