Camargo al Volante: ayuda de hasta 300 euros para sacarse el carnet
Ver las 12 ayudas abiertas en Cantabria →El Ayuntamiento de Camargo lanza las ayudas del programa Camargo al Volante. Si te sacaste el carnet entre agosto de 2025 y julio de 2026, puedes pedir el reintegro.
Si te has sacado el carnet de conducir en una autoescuela de Camargo durante el último año, el ayuntamiento tiene un cheque guardado para ti. El programa Camargo al Volante ha vuelto a abrir el plazo para sufragar los gastos de obtención de permisos, desde el ciclomotor hasta el autobús pasando por el coche.
Datos clave
Cierra en 31 días- Plazo
- Hasta el 7 de diciembre de 2026
- Cuantía
- Máx. 300 € por solicitud
- Beneficiario
- Jóvenes de Camargo menores de 30 años
- Cómo solicitar
- Registro General del Ayuntamiento
El fondo total asciende a 55.000 euros. La ayuda máxima por persona es de 300 euros.
Para solicitarla, debes tener menos de 30 años y estar empadronado en el municipio desde al menos un año antes de la fecha de tu solicitud. Es imprescindible que el carnet se haya obtenido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026. Si ya recibiste esta misma ayuda en otra convocatoria anterior, esta vez no podrás optar a ella.
El abanico de permisos cubiertos es amplio: motos y ciclomotores (AM, A1, A2, A), turismos (B, B+E), camiones (C1, C, C1+E, C+E), autobuses (D1, D, D1+E, D+E) y los especiales LVA y LCM. Un requisito indispensable es que la autoescuela donde hiciste el curso esté radicada físicamente en el municipio de Camargo.
Solo se subvenciona un permiso por persona. Las facturas deben estar perfectamente identificadas, detallando el tipo de carnet y el periodo de formación contratado. Si pagaste en metálico, el recibí o certificado de la autoescuela es obligatorio.
Recuerda que la ley impide realizar pagos en efectivo por importes iguales o superiores a 1.000 euros a profesionales o empresarios. El ayuntamiento será estricto en este punto para evitar fraccionamientos que busquen saltarse esta norma.
La documentación se debe presentar en el Registro General del ayuntamiento o por cualquiera de los medios oficiales de la Ley de Procedimiento Administrativo. Tienes exactamente un mes desde la publicación del extracto en el boletín para mover ficha.
Los interesados deberán completar el Anexo I con sus datos y acreditar estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. El ayuntamiento verificará el empadronamiento de oficio, salvo que te opongas expresamente en el propio impreso de solicitud.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.