Puerto Real cambia su reglamento para retirar honores y distinciones
El Ayuntamiento de Puerto Real actualiza su normativa para adaptar la retirada de honores a la ley de memoria democrática, fijando una mayoría de dos tercios para estas decisiones.
El Ayuntamiento de Puerto Real ya cuenta con una nueva norma para retirar honores y distinciones que resulten incompatibles con los principios democráticos. El Pleno ha dado luz verde definitiva a la modificación del artículo 17 de su reglamento interno, un cambio que busca blindar la coherencia de los reconocimientos públicos con la legislación estatal y autonómica en materia de memoria democrática.
Datos clave
- Cambio principal
- Mayoría de dos tercios para revocar honores
- Fecha aprobación
- 30 de julio de 2026
- Recurso
- 2 meses ante el TSJA en Sevilla
La decisión fue adoptada tras un proceso que no ha recibido ninguna alegación durante el periodo de exposición pública. La corporación municipal ha pasado de exigir unanimidad para cualquier retirada a fijar una mayoría reforzada de dos tercios del número legal de sus miembros para sacar adelante estas revocaciones.
El nuevo texto reglamentario establece tres escenarios claros para retirar una distinción: conductas indignas que afecten al honor o al interés público, incompatibilidades flagrantes con las leyes de memoria democrática y, finalmente, situaciones donde una resolución judicial o una disposición legal obligue a la retirada.
La votación definitiva, celebrada el pasado 30 de julio, contó con el respaldo de 14 concejales de Confluencia de Izquierdas para la Gente, Adelante Andalucía y PSOE. La concejal de Vox votó en contra, mientras que el grupo popular y AxSí-Andalucistas optaron por la abstención.
Este cambio no es un capricho. El consistorio ha adaptado su normativa para cumplir con las leyes estatales y andaluzas, evitando que el silencio reglamentario anterior pudiera interpretarse como un bloqueo administrativo ante obligaciones legales superiores.
La norma ya es firme. Las personas interesadas tienen un plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, si lo consideran necesario.
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