Olesa de Montserrat ofrece ayudas al IBI para familias monoparentales
Ver las 193 ayudas abiertas en la Provincia de Barcelona →Si eres familia monoparental y titular de tu vivienda en Olesa de Montserrat, el Ayuntamiento subvenciona la mitad de tu IBI. Consulta los requisitos de renta.
Si eres titular de tu vivienda habitual en Olesa de Montserrat y cuentas con el título oficial de familia monoparental, el Ayuntamiento ha abierto una línea de ayudas destinada a aliviar tu carga fiscal. La convocatoria, aprobada por la Junta de Gobierno Local el 27 de octubre, busca reducir desigualdades económicas mediante una bonificación directa sobre el recibo del IBI. El presupuesto total asignado para este ejercicio 2026 es de 15.000 euros.
Datos clave
Cierra en 18 días- Plazo
- Hasta el 24 de noviembre de 2026
- Beneficiario
- Familias monoparentales titulares de vivienda habitual
- Cuantía
- 50% de la cuota líquida del IBI
- Cómo solicitar
- Modelos normalizados 1 y 2 en el Ayuntamiento
- Fondo total
- 15.000 €
Para acceder a esta ayuda, el primer requisito es figurar como sujeto pasivo del IBI de tu domicilio habitual a fecha de 1 de enero. Debes aparecer como titular en el Catastro o, en su defecto, acreditar que has solicitado la inscripción. Es fundamental que la renta de toda tu unidad de convivencia sea inferior a cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IRSC) vigente.
El cálculo de esa renta familiar suma la base imponible general y la del ahorro de quienes declaren, restando la cuota resultante. Si algún miembro de la familia no está obligado a declarar pero percibe ingresos, estos se computarán igualmente a través de los datos de la Agencia Tributaria. Además, ni tú ni ninguna persona que conviva contigo puede ser titular de otro inmueble, salvo que se trate de una plaza de aparcamiento.
El importe de la subvención cubrirá el 50 por ciento de la cuota líquida del IBI de tu vivienda. Si el número de solicitudes admitidas supera el crédito presupuestario de 15.000 euros, la ayuda se ajustará de manera proporcional entre todos los beneficiarios. La administración local no establece criterios de prelación ni comparación, ya que se trata de un proceso en régimen de concurrencia no competitiva.
Para solicitar el importe, debes presentar el formulario normalizado 1 junto con tus datos bancarios y la autorización para que el Ayuntamiento consulte tu situación. Si decides oponerte a dicha consulta, tendrás que aportar certificados que demuestren que estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la AEAT, la Seguridad Social y el propio consistorio, además de tu título de familia monoparental y la documentación sobre tu renta.
La resolución no excederá de los tres meses tras el cierre del plazo de presentación. Si durante ese tiempo no recibes notificación expresa, deberás entender que la solicitud ha sido desestimada. El dinero se abonará mediante transferencia bancaria una vez comprobado el pago del impuesto correspondiente.
El plazo de solicitud termina el 24 de noviembre de 2026. Tienes quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el diario oficial. Si se te pasa la fecha, pierdes la opción.
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