Turismo, Justicia, Desregulación y Administración Local·Boletín Bien de Andalucía,

Inspectores de turismo en Andalucía: firman sus actas sin nombre

Los inspectores de turismo de la Junta podrán usar desde ahora una firma electrónica basada solo en su número profesional para garantizar su anonimato.

Los inspectores de turismo de la Junta de Andalucía podrán desde ahora firmar sus documentos oficiales sin necesidad de que aparezca su nombre y apellidos en la firma electrónica. La Viceconsejería ha resuelto habilitar el uso de un certificado vinculado únicamente a su número de identificación profesional, blindando así su identidad frente a terceros durante el ejercicio de sus funciones.

Datos clave

A quién afecta
Inspectores y coordinadores de turismo
Vigencia máxima
5 años
Recurso reposición
1 mes
Recurso contencioso
2 meses

La medida afecta a un colectivo específico que trabaja bajo presión en las delegaciones territoriales de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior. Concretamente, se aplica a los puestos de Inspector/a de Turismo, Coordinador/a de la Inspección e Inspector/a Jefe/a, además de al personal que reciba una habilitación expresa para tareas inspectoras en este sector.

El objetivo de este cambio, según consta en la resolución firmada por Rafael Sánchez Saus el pasado 28 de julio, es garantizar la objetividad e imparcialidad en los expedientes sancionadores o de control. Se busca proteger a los funcionarios que actúan como autoridad ante situaciones donde la exposición de su nombre propio podría comprometer su seguridad o la transparencia de sus actuaciones.

Esta nueva modalidad de certificado no es permanente por naturaleza. Su vigencia máxima se fija en 5 años desde la fecha de emisión, periodo tras el cual deberá renovarse siguiendo los trámites internos de la administración andaluza. El documento recuerda, además, que la validez puede quedar suspendida si el funcionario cambia de puesto o si así lo requiere un procedimiento de revocación.

El uso de esta firma está estrictamente limitado a las actuaciones inspectoras en materia de turismo. No sirve para otras gestiones administrativas de la Junta de Andalucía.

La resolución agota la vía administrativa. Quien desee presentar recurso tiene opciones.

El plazo para interponer un recurso de reposición ante el propio órgano que firma es de un mes. Si se prefiere acudir a la vía contencioso-administrativa, el margen se amplía hasta los dos meses desde el día siguiente a esta publicación oficial.

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