Granada declara inactivas más de un centenar de explotaciones ganaderas
La Junta de Andalucía ha publicado el listado oficial de unidades productivas sin actividad desde junio de 2025. Los afectados tienen un mes para recurrir.
Más de cien explotaciones ganaderas de la provincia de Granada han sido declaradas oficialmente inactivas por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. El listado, que abarca desde pequeñas unidades productivas hasta explotaciones cunícolas y equinas, responde a la falta de actividad constatada en los registros oficiales desde, al menos, el 30 de junio de 2025.
Datos clave
- Plazo de recurso
- 1 mes
- Estado de baja
- Inactiva en el REGA
- Ámbito
- Provincia de Granada
La medida no es una sorpresa para los titulares, ya que se sustenta en los controles realizados por el personal de las Oficinas Comarcales Agrarias de Alhama Temple, Altiplanicie Sur y la Costa de Granada. Estos centros han confirmado que, en los casos anotados, no consta movimiento ganadero alguno en el Sistema Integrado de Gestión Ganadera (SIGGAN).
Esta resolución, con fecha de 1 de julio de 2026, pone en marcha el mecanismo de simplificación administrativa que permite actualizar el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA). El objetivo es claro: mantener al día un censo que, en muchos casos, mantenía estructuras de papel para actividades que ya no existen en el campo.
Los titulares afectados aparecen identificados en el boletín mediante su código REGA específico y el número de identificación anonimizado. Es recomendable comprobar si tu explotación figura en el anexo publicado, ya que la inactividad prolongada durante más de dos años sin justificación puede derivar, en el futuro, en la cancelación definitiva del registro.
Si crees que la anotación es un error o tienes causas de fuerza mayor que justifiquen la inactividad, el procedimiento sigue abierto. Tienes un mes de plazo para interponer un recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, contando desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
El silencio administrativo, en este caso, confirma la baja temporal del registro.
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