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Cinco expedientes sancionadores en puertos andaluces, a notificación

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía publica cinco sanciones por infracciones leves al no haber logrado contactar con los interesados. Las multas oscilan entre 200 y 6.000 euros.

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía ha publicado una relación de cinco expedientes sancionadores que no ha podido notificar por las vías ordinarias. Si tu DNI aparece en esta lista, la administración te busca para informarte de la sanción firme impuesta por infracciones leves en el ámbito portuario.

Datos clave

Qué hacer
Consultar expediente o abonar sanción
Importes
Entre 200 € y 6.000 €
Dónde acudir
Calle Pablo Picasso 6, Sevilla
Recurso
1 mes (reposición) o 2 meses (contencioso)

Los importes de las sanciones varían de forma considerable según el expediente. La cuantía más alta asciende a 6.000 euros, correspondiente al expediente 180/2025, mientras que la sanción más reducida es de 200 euros en el caso del expediente 270/2025. Otros procedimientos afectados por este anuncio incluyen importes de 300, 600 y 3.000 euros.

Para conocer el contenido íntegro de la resolución o acceder al expediente completo, puedes acudir a la sede de la Agencia, ubicada en la calle Pablo Picasso número 6, en Sevilla. Es necesario solicitar cita previa para ser atendido.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o, alternativamente, un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente a esta publicación.

Si decides realizar el pago de la multa, debes hacerlo en la cuenta de Unicaja 0230000011 (IBAN ES28) una vez finalizado el mes para presentar recursos. La fecha límite de pago dependerá de cuándo concluya ese periodo de recurso: si termina entre los días 1 y 15 del mes, el pago debe realizarse antes del día 20 del mes siguiente; si termina entre el 16 y el último día del mes, tienes hasta el día 5 del segundo mes siguiente.

Pasado este periodo voluntario sin abonar la cantidad, se iniciará el periodo ejecutivo de cobro. Recuerda indicar siempre la referencia de tu expediente al remitir el justificante de ingreso a los Servicios Centrales de la Agencia.

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