Ayuntamiento de Ibi·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

Ibi renueva las reglas de sus mercadillos y venta ambulante

Plazo de solicitudAbierto hasta el 16 de octubre de 2026Quedan 31 días

El Ayuntamiento de Ibi ha iniciado la tramitación de una nueva ordenanza para regular los puestos de venta no sedentaria y ya puedes consultar el borrador.

El Ayuntamiento de Ibi quiere poner orden en los mercadillos y puestos callejeros de la localidad. El Pleno municipal ha dado luz verde inicial a una nueva ordenanza reguladora de la venta no sedentaria, un texto que busca actualizar las normas que rigen la actividad de los vendedores que no tienen un local físico fijo.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 16 de octubre de 2026
Qué hacer
Presentar alegaciones
Dónde consultar
Tablón del Ayuntamiento de Ibi

Todo cambia.

Si eres vendedor ambulante o gestionas un puesto en el municipio, este documento es el que va a marcar tu actividad a partir de ahora. El Pleno aprobó el borrador en su sesión del pasado 8 de septiembre, pero antes de que sea ley definitiva, el Ayuntamiento ha abierto un periodo de información pública para que cualquier vecino o interesado pueda examinar el expediente y proponer cambios.

Dispones de treinta días hábiles para presentar tus reclamaciones o sugerencias. El plazo comienza a contar desde el 16 de septiembre, al ser el día siguiente a la publicación oficial en el boletín provincial. Si nadie presenta alegaciones durante este mes de exposición, la norma se entenderá aprobada de forma automática sin necesidad de volver a pasar por el Pleno.

Las dudas cuentan.

Podrás consultar los detalles del expediente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ibi. Es el momento de revisar si las nuevas condiciones técnicas, los horarios o las ubicaciones de los puestos te afectan directamente o si hay algún detalle que crees que debería ajustarse antes de que la ordenanza se convierta en la norma definitiva para el comercio no sedentario de Ibi.

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